Autor:Sandra Ayala
Asamblea Nacional (AN) / 09-12-2005
La plenaria, después de otorgarle Urgencia Reglamentaria solicitada por la diputada Noelí Pocaterra (Conive/Zulia), sancionó la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas, luego que en la misma sesión la aprobara en segunda discusión y la comisión que se encargó de su redacción añadiera en la Cámara las modificaciones efectuadas a 23 de sus artículos, un capítulo nuevo sobre la demarcación del hábitat y pueblos indígenas y la modificación de las disposiciones transitorias. Para adoptar este mecanismo, la diputada Pocaterra pidió a la dirección de debates ratificar la Urgencia Reglamentaria a la norma para sancionarla este mismo jueves, ya que era la primera vez que las comunidades indígenas tendrían una ley. Los parlamentarios de la instancia legislativa, integrada por Noelí Pocaterra, Guillermo Guevara y José Luis González propusieron reformas a las citadas disposiciones, y entre ellas se prohíbe a los órganos del Estado a comprometer mediante contratos el ambiente y hábitat de las comunidades indígenas. Igualmente, se estipula la creación del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas en un plazo de 10 meses luego de la publicación de la ley. En la exposición de motivos se establece, que la ley reconoce la diversidad cultural, lingüística y legal de la República Bolivariana de Venezuela y pone fin al hecho colonial que puso a los pueblos originarios en una condición de subordinación política, explotación económica y subvaloración cultural e ideológica. En la normativa se crea el Fondo para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas, además de Comisiones Regionales de Demarcación del Hábitat y Tierras Indígenas que contará con la participación de las comunidades indígenas. Se prevé además que las tierras indígenas inalienables, intransferibles e inembargables, no podrán ser convertidas en ejidos, además con esta ley se deroga la Ley de Misiones de 1915. Noelí Pocaterra resaltó su agrado, pues la Ley fue aprobada por la plenaria en el Día del Cacique Guaicaipuro, pues se cumplen 4 años del traslado simbólico de los restos de Guaicaipuro al Panteón Nacional. "Es la primera vez que los pueblos indígenas cuentan con una ley integral, donde están plasmados todos sus derechos, sólo en un proceso de cambio y transformación podíamos contar con una ley que ha sido el sueño y la aspiración de todas las comunidades. Este es un acto de justicia a la base de la venezolanidad y de la identidad". La ley fue remitida al Ejecutivo Nacional para su promulgación y publicación en Gaceta Oficial. Supresión del INAM Por otra parte, la Asamblea aprobó – con el voto salvado de Juan José Caldera (Conv/Yaracuy), la Ley de Supresión del INAM, en la cual se establece una Junta Liquidadora que se encargará de aprobar los mecanismos para la supresión y liquidación de los proyectos del Instituto Nacional del Menor, así como los derechos laborales de los trabajadores de este ente y conceder jubilaciones y pensiones a quienes lo ameriten por ley. Por su parte, Juan José Caldera ratificó su rechazo al proyecto de ley presentado por su homóloga Marelys Pérez Marcano (MVR/Monagas), recalcando que es un fraude para los venezolanos, pues a su juicio el gobierno puede eliminar ministerios pero no institutos autónomos, destacando que en su propuesta se protegen a los 5.200 trabajadores que actualmente forman parte del INAM. Pérez Marcano expresó que esto no tiene discusión para los diputados del Bloque del Cambio, pues los derechos de los trabajadores estarán garantizados por la ley, así como las prestaciones y compromisos laborales. La diputada, igualmente, propuso la eliminación de los artículos 6.7.8 y 9 de la norma aprobada en primera discusión sobre la transferencia de los bienes y servicios del instituto al MSDS. Asimismo, planteó crear cuatro disposiciones transitorias, 1.- En el supuesto que el pasivo del Instituto fuere superior al activo del mismo, la República, por órgano del ministerio con competencia en lo social, aportará los recursos necesarios para terminar el proceso de liquidación y asumirá el saldo de la obligaciones, 2.- Los derechos y obligaciones de naturaleza contractual que tenga el instituto se regirán por lo previsto en los respectivos contratos y los acreedores o contratistas no podrán considerar como de plazo vencido las deudas u obligaciones que tenga el instituto con ellos por el solo hecho del la liquidación, por lo que deberán respetarse los plazos establecidos en los mismos para el cumplimiento de las obligaciones estipuladas. 3.- La República, por órgano del ministerio con competencia en lo social, asumirá el pago de las jubilaciones, pensiones y demás derechos de los funcionarios públicos y obreros del instituto de conformidad con el artículo 5 de la presente ley. 4.- Concluido el proceso de liquidación, cesará la Junta Liquidadora en sus funciones y la República, por órgano del ministerio con competencia social, asumirá los compromisos que quedaren pendientes y los procesos judiciales y administrativos en curso, En consecuencia, la República se subrogará en los derechos y obligaciones que haya contraído el instituto por convenios suscritos con instituciones públicas y privadas. Con esta normativa se deroga la Ley del INAM publicada en Gaceta Oficial 2303 del primero de septiembre de 1978. La diputada Marelys Pérez Marcano solicitó la Urgencia Reglamentaria para que la normativa sea definitivamente sancionada el próximo martes. Caso Purina Finalmente, fueron aprobadas las recomendaciones y conclusiones de la Comisión Especial para Investigar la muerte de mascotas, ocasionada por alimentos producidos por la empresa Purina de Nestlé de Venezuela, presidida por Francisco Solórzano (MVR/Anzoátegui). Dentro de las recomendaciones se exhorta a los organismos nacionales competentes en la materia, que garanticen los mecanismos de control y sanitarios en la elaboración de los alimentos para mascotas, mediante las supervisiones rutinarias a los soportes de los análisis de controles de calidad realizados tanto de infestación como de infección a las materias primas. Se exige a la empresa Purina garantizar la excelencia en la elaboración de los alimentos para mascotas, mediante soportes de los análisis de controles de calidad realizados, dado que los valores de humedad, impurezas, integridad del grano de maíz y determinación de aflatoxinas, no se encontraban dentro de los valores permitidos para la elaboración de alimentos para mascotas. Asimismo, se exhorta a la AN para que designe una comisión que elabore un proyecto de Ley de Seguridad y Soberanía Alimentaria, que nos permitiría establecer mecanismos de control de calidad de todos los alimentos, garantizando la salud de la población venezolana. Se recomienda al Ministerio de Industria y Comercio la creación de laboratorios idóneos de control de calidad en lo que se refiere a bioquímica y bromatología a lo largo de todo el país. Igualmente, exhorta al Ejecutivo para que implemente medidas a corto plazo de abastecimiento a la demanda nacional en lo que a alimentos de mascotas, para evitar la especulación y la escasez. Se solicita al Servicio Autónomo de Sanidad Agropecuaria (SASA) para que implemente las normativas establecidas sobre las actividades de insumos de uso animal, publicado en Gaceta Oficial 36.947. Se exhorta al Poder Público Nacional para que lleve a cabo todas las investigaciones necesarias, como en efecto se está haciendo para que se determinen las responsabilidades a que hubiere lugar y se aplique las sanciones respectivas. Se recomienda que la empresa Purina se comprometa a resarcir los daños morales, materiales y de salud en cada uno de los casos previamente comprobados, que cumplieron los requisitos exigidos para la empresa. Al culminar la sesión, el presidente de la Asamblea Nacional, Nicolás Maduro (MVR/DC), informó a los parlamentarios que la próxima semana se efectuarán tres sesiones: el martes, a las dos de la tarde, el miércoles, a las 10 de la mañana y el jueves la sesión solemne por el sexto aniversario de la Constitución de 99, a las diez de la mañana.
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